Real cedula de S.M. y señores del Consejo por la que se declara que los Tribunales de Guerra en materia de asientos con la Real Hacienda deben limitar su conocimiento á todo lo que conduzca para que se lleven á efecto éstos, reservando á la justicia ordinaria las demás pretensiones que por intereses particulares tubiesen los asentistas entre sí, en la conformidad que se dispone