登入選單
返回Google圖書搜尋
Condena en costas
註釋"El Derecho moderno ha rechazado justamente aquel conjunto de penas, frecuentemente aflictivas, sugeridas en otros tiempos por conceptos mezquinos y estrechos sobre la defensa y el ejercicio de los derechos, pero ha conservado alguna de las antiguas garantías; y así vemos prohibida, por ej., la continuación del litigio del que se hubiere desistido, si no se reembolsan previamente al adversario los gastos anteriores al desistimiento, o no se reintegran las costas del incidente vejatorio. Otras legislaciones han conservado las cauciones más o menos condicionadas, y limitadas, frecuentemente, al actor extranjero; cosa que no me parece ya tan en consonancia con las ideas modernas". Giuseppe Chiovenda.