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La reparación del perjuicio como comportamiento postdelictivo positivo como instrumento de política criminal.
註釋El trabajo que hoy ve la luz bajo la intitulación La reparación del perjuicio como comportamiento postdelictivo como instrumento de Política criminal, intenta responder a los tres grandes déficits de nuestro sistema penal:la crisis de la prisión con la correlativa crisis del pensamiento resocializador de la pena privativa de libertad; el crónico colapso de nuestra Administración de Justicia y, finalmente, el tradicional olvido de la víctima del delito.Tales problemas exigen la búsqueda de nuevas soluciones que pueden provenir de la mano de la reparación del perjuicio por parte del responsable penal en cuanto instrumento de política criminal, a implementar necesariamente en el Derecho penal y procesal penal, que deberá construirse sobre los cimientos de la introducción del principio de oportunidad reglada por el Ministerio Fiscal, bajo el control del Juez o Tribunal y sobre la concurrencia de un comportamiento voluntario positivo posterior al delito (y, por ende, a la consumación delictiva), en cuanto genuino actus contrarius proveniente del responsable de un hecho típico, antijurídico y culpable (merecimiento de pena) pero que, en virtud de ese preciso comportamiento posterior positivo hace que respecto de la lesión o puesta en peligro solo de determinados bienes jurídicos especialmente idóneos, venga a menos la necesidad de pena para el restablecimiento del Orden jurídico.Esta propuesta, a su vez, como se demuestra a lo largo de estas páginas, deberá coordinarse con la incorporación de la Mediación penal.